VIAJE CON NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN VENEZUELA:
La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente refiere en sus artículos 391, 392 y 393 los aspectos que rigen el viaje de menores dentro y fuera del país.
Artículo 391. Viajes Dentro del País. Los niños y adolescentes pueden viajar dentro del país acompañados por sus padres, representantes o responsables. En caso de viajar solos o con terceras personas requieren autorización de un representante legal, expedida por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, por una jefatura civil o mediante documento autenticado.
Artículo 392. Viajes Fuera del País. Los niños y adolescentes pueden viajar fuera del país acompañados por ambos padres o por uno sólo de ellos, pero con autorización del otro expedida en documento autenticado, o cuando tienen un solo representante legal y viaje en compañía de éste.
En caso de viajar solos o con terceras personas, requieren autorización de quienes ejerzan su representación, expedida en documento autenticado o por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente.
Artículo 393. Intervención Judicial. En caso que la persona o personas a quienes corresponda otorgar el consentimiento para viajar se negare a darlo o hubiere desacuerdo para su otorgamiento, aquél de los padres que autorice el viaje, o el hijo, si es adolescente, puede acudir ante el juez y exponerle la situación, a fin de que éste decida lo que convenga a su interés superior.
Recaudos para trámite de permisos a menores
Cédula de Identidad (original y copia), de los padres o representante legal del menor. |
Partida de Nacimiento o Cédula de Identidad (original y copia) del menor. |
Cédula de Identidad (original y copia) de la persona autorizada a viajar con el menor, en caso de que viaje acompañado. |
En el caso de viajar al exterior el permiso se tramita conjuntamente con el pasaporte. |
Dos fotos del niño (a) y/o adolescente, tipo carnet. |
Una fotocopia de un recibo (luz, teléfono, etc.) para constatar la dirección de habitación del menor. |
Fotocopia de los pasajes, en caso de tenerlo, sino deberá especificar el modo de transporte a utilizar para el traslado. |
En el Aeropuerto le será solicitada la siguiente documentación:
Si el menor viaja con los padres: |
- Original y copia de la partida de nacimiento del menor.
Si el menor viaja solo: |
- Permiso notariado o emitido por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres.
- Original y copia de la partida de nacimiento.
Si el menor viaja con terceros: |
- Permiso notariado o emitido por el Consejo de Protección del Niño y Adolescente firmado por los padres.
- Original y copia de la partida de nacimiento.
- Copia de la Cédula de Identidad de los padres.
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